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El nuevo reglamento europeo en materia de sucesiones

EU Erbrechtsverordnung

El nuevo reglamento europeo en materia de sucesiones

El reglamento europeo en materia de sucesiones entró en vigor el 16 de agosto de 2015 y es aplicable a todas las sucesiones mortis causa a partir del 17 de agosto de 2015. Este reglamento tiene consecuencias importantes en la tramitación de las sucesiones internacionales.

Como es lógico esta modificación afecta también a las relaciones jurídicas hispano-alemanas, por ejemplo, de los alemanes que sean propietarios de inmuebles en España y que quieran pasar sus últimos días en España.

Erbrecht 2Antes del 17 de agosto de 2015 se aplicaba tanto en España como en Alemania el derecho sucesorio de la nacionalidad del causante (fallecido). Esto ha cambiado totalmente y la sucesión se determina de acuerdo al derecho del estado en el que, al momento de la muerte, el causante tenía su última residencia. En el caso de un pensionista alemán que vive sus últimos días en España, esto significa que la determinación de quién será su sucesor se establecerá de acuerdo al derecho español. Este es bastante distinto del derecho alemán, especialmente respecto al derecho sucesorio del cónyuge (Berliner Testament) existen diferencias negativas importantes.

El último domicilio habitual de acuerdo con el reglamento europeo en materia de sucesiones se sitúa en el lugar en el que se den determinadas circunstancias que pongan de manifiesto la residencia del causante en un determinado lugar o región. Para ello se tienen en cuenta las circunstancias reales. Especialmente se determina el lugar en el que se encuentra la mayoría de sus contactos sociales. La residencia en el extranjero de una persona se da por hecha cuando esté vive más de seis meses en otro país, independientemente de si piensa volver a su país de origen o no. La determinación de la residencia habitual es especialmente difícil cuando alguien se mueve regularmente entre dos países y en ambos mantiene inmuebles y un círculo de amigos.

El reglamento europeo en materia de sucesiones ofrece a los ciudadanos de los estados miembros (salvo Reino Unido, Irlanda y Dinamarca) la posibilidad de elegir el derecho aplicable, de la nacionalidad que posean. En este sentido un alemán puede elegir que en caso de muerte sea aplicable el derecho alemán a su sucesión. Habitualmente recomendamos a nuestros clientes la elección de un derecho para su sucesión, dado que ello agilizará en el futuro la división de la herencia y ayuda a la seguridad jurídica.

La elección del derecho aplicable debe llevarse a cabo mediante una disposición testamentaria. Ello se hace a través de un testamento que debe ser otorgado ante un notario. Los gastos para ello no son muy altos.

Otra novedad del reglamento europeo en materia de sucesiones es la creación del certificado sucesorio europeo. A través de este documento los herederos podrán demostrar en la mayoría de los estados de la unión europea su condición de heredero.

Para terminar, debe hacerse constar que el nuevo reglamento europeo en materia de sucesiones no afecta al impuesto de sucesiones.

Si tienen cualquier pregunta al respecto o quiere redactar un nuevo testamento, nos encontramos a su disposición en nuestros despachos de Madrid, Barcelona, Marbella, Mallorca o Gran Canaria.

Arne Seeger – Dr. Frühbeck Abogados Palma de Mallorca

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