En 2025 se cumplen diez años desde que España introdujo la responsabilidad penal de las personas jurídicas en su Código Penal (artículo 31 bis). Desde entonces, las empresas pueden ser penalmente responsables por delitos cometidos por sus directivos o empleados, si no han adoptado medidas eficaces de prevención y control.
La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ha consolidado los criterios que deben cumplir las empresas para exonerarse de dicha responsabilidad. Hoy, contar con un sistema de compliance penal real y operativo ya no es una opción reputacional: es una necesidad legal y estratégica.
En este artículo explicamos qué delitos afectan a las empresas, qué sanciones se imponen, cómo evitar o reducir su impacto, y qué tendencias marcarán el cumplimiento penal corporativo en los próximos años.
1. Delitos que pueden generar responsabilidad penal corporativa
El catálogo de delitos por los que una empresa puede responder penalmente se ha ampliado progresivamente. A fecha de 2025, destacan los siguientes:
Delitos de corrupción (cohecho, tráfico de influencias, corrupción en los negocios).
Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Delitos fiscales y contra la Hacienda Pública.
Delitos medioambientales (vertidos, emisiones contaminantes, gestión ilegal de residuos).
Delitos contra los derechos de los trabajadores (accidentes laborales por falta de prevención, explotación laboral).
Delitos informáticos (acceso no autorizado a sistemas, robo de datos, ciberfraude).
Estas conductas, cuando son cometidas en nombre o beneficio directo o indirecto de la empresa, pueden dar lugar a una condena penal de la persona jurídica.
2. Sanciones aplicables a las empresas en España
Las sanciones que puede imponer un tribunal penal español a una empresa no se limitan a una multa. Pueden tener un impacto devastador en la continuidad del negocio. Las principales son:
Multas proporcionales que pueden alcanzar hasta cinco veces el beneficio obtenido con el delito.
Disolución de la persona jurídica.
Suspensión de sus actividades por un plazo de hasta cinco años.
Clausura temporal o definitiva de locales o establecimientos.
Prohibición de contratar con las Administraciones Públicas o de obtener subvenciones o beneficios fiscales.
Intervención judicial de la empresa, con designación de un administrador externo.
Una condena penal también puede invalidar la empresa ante clientes, inversores, bancos y licitaciones públicas.
3. ¿Se puede evitar la responsabilidad penal de la empresa?
Sí. El Código Penal español establece una causa de exención de responsabilidad penal para aquellas empresas que puedan demostrar que contaban con un modelo de prevención de delitos eficaz.
Para que dicho modelo sea válido, debe cumplir con ciertos requisitos:
Estar alineado con la norma UNE 19601:2025, recientemente actualizada.
Contar con una evaluación de riesgos penales actualizada.
Designar un órgano interno con poderes autónomos para supervisar el sistema (compliance officer o comité).
Disponer de un canal de denuncias interno, seguro y anónimo, conforme a la Ley 2/2023 de protección al informante.
Realizar formación periódica y documentada a todos los empleados y directivos.
Monitorear y revisar regularmente la eficacia del sistema mediante auditorías internas o externas.
Incluso si no se logra evitar por completo la responsabilidad, un sistema implantado y documentado puede atenuar las sanciones de forma significativa.
4. Tendencias 2025: hacia un compliance más digital, integrado y ESG
El cumplimiento penal empresarial en 2025 no se limita a un manual en papel. Estas son las tres grandes tendencias que están marcando la diferencia entre un compliance formal y uno verdaderamente eficaz:
a) Certificación híbrida ISO/UNE
Cada vez más empresas optan por certificar sus modelos de cumplimiento conforme a normas integradas, combinando la UNE 19601 (penal) con la ISO 37301 (cumplimiento general) y la ISO 37001 (anticorrupción). Esto no solo refuerza la seguridad jurídica, sino que mejora la posición ante inversores y stakeholders.
b) Inteligencia Artificial para el screening de terceros
Se están implementando herramientas de IA para verificar en tiempo real el historial penal, reputacional y financiero de proveedores, clientes y colaboradores. Esto permite identificar riesgos antes de que se conviertan en problemas legales.
c) Integración con políticas ESG y financiación sostenible
Los modelos de compliance penal empiezan a conectarse con las políticas de sostenibilidad (ESG), ya que muchas entidades financieras exigen estándares éticos y medioambientales como condición para acceder a créditos o inversores.
Conclusión: el compliance penal como escudo jurídico y ventaja competitiva
En un entorno cada vez más exigente, contar con un sistema robusto de compliance penal no es solo una obligación legal, sino una herramienta estratégica para proteger a la empresa, a sus directivos y su reputación.
En Dr. Frühbeck Abogados asesoramos a empresas nacionales e internacionales en la implantación, certificación, revisión y defensa judicial de sus modelos de prevención penal, adaptados al sector, tamaño y nivel de riesgo de cada organización.
Solicita ahora nuestra Auditoría de Riesgos Penales y descubre si tu filial, holding o matriz cumple con los estándares que marca la jurisprudencia actual.